sábado, 7 de marzo de 2009

5) QUE ES EL MERCADO DE INSTRUMENTOS, COMO SE CONFORMA Y CUALES SON LOS RIESGOS:

Presenta unas alternativas de financiamiento para las
pequeñas y medianas empresas del país, las que ante las restrictivas políticas que están
aplicando los bancos en el otorgamiento de crédito, han comenzado a mirar otras opciones,
tales como el factoring y el leasing, industrias que al primer semestre del año han mostrado
positivos crecimientos, en contraste con lo que ocurre con las colocaciones comerciales, las
que se han mantenido más bien planas o definitivamente cayendo.

La bolsa de valores, en su continua investigación para dotar de más y mejores alternativas
de financiamiento para la pequeña y mediana empresa (Pymes), y con la tramitación de un
proyecto de ley que otorga merito ejecutivo a las facturas, ha desarrollado un mecanismo
centralizado de negociación de instrumentos de deuda a corto plazo, como son las facturas.
En la actualidad la alternativa que existe para conseguir liquidez a través de la secesión del
crédito que representa la factura es el factoring, el cual es definido como el servicio que
otorga una institución financiera, que consiste en la compra de las cuentas por cobrar que
provienen de la explotación del giro de una determinada empresa. El cual en la teoría se
define como una opción complementaria al crédito bancario, A través de las empresas de factoring se pueden convertir las cuentas por cobrar de una
empresa como facturas, letras, cheques, entre otros, en recursos líquidos inmediatos.

Participantes del mercado:
1. Empresa vendedora o prestadora de servicio: Esta es la empresa que vende,
distribuye o presta un servicio a otra, y en pago emite una factura que podrá cobrar
en un plazo acordado, menor a un año.
2. Empresa deudora: Es la empresa que recibe la factura, la beneficiaria del servicio o
producto.
3. Corredor de Bolsa (1 y 2): son los operadores de los instrumentos en el mercado a
través de la bolsa de valores, representando a la empresa y al inversionista,
respectivamente.
4. Clasificadora de riesgo: la clasificadora tiene la misión de evaluar el o los
instrumentos de acuerdo a la información de la empresa deudora y de la beneficiaria
de la factura y emitir una clasificación sobre el documento, para así hacer más
transparente el mercado.
5. Bolsa: La Bolsa es la encargada de transmitir toda la información y los documentos
en el mercado, para ser transados.
6. Inversionista: Es el interesado a adquirir las facturas en el mercado bursátil, a traves
de su corredor.

Instrumentos:
1. Facturas: Son los instrumentos a transar en el mercado pueden ser físicas o
electrónicas.
2. Requerimientos: Es toda la información y requerimientos exigidos a las empresas,
para transar sus instrumentos en el mercado, incluyen: estados financieros,
declaraciones de IVA, declaraciones juradas, etc. Todos estos requerimientos serán
explicados extensamente mas adelante, y se adecuan a la legislación chilena.
2.1.2 Operatividad
1. La empresa que presta el servicio o vende sus productos a la empresa deudora ,
emite a cambio una factura, el cual es una promesa de pago a corto plazo.
2. La empresa proveedora o cliente acude al corredor de bolsa para manifestar su
intención de transar este documento en el mercado bursátil el cual debe cumplir con
las disposiciones que se explican mas adelante.
Cliente ----- Orden del Cliente --------􀃆 Corredor de Bolsa
Valor Negociable --------􀃆
<----- Constancia ---------
3. La corredora recibe todos los documentos requeridos para la inscripción de la
operación.
4. Se acude a la clasificadora de riesgo para una evaluación de los instrumentos si es
necesario.
5. Una vez que la corredora ha recibido la información por parte de la clasificadora,
confirma si los instrumentos son aptos para ser transados en el mercado, y se le
otorga a la empresa una línea de operación correspondiente a sus estados
financieros. Una vez completado lo anterior, el instrumento puede ser transado en el
mercado de valores.
6. El corredor envia una solicitud de inscripción del instrumento a la Bolsa para ser
transado en el sistema electronico de tasas de descuento.
7. El corredor remite a la Bolsa una declaracion jurada referida a la existencia o no de
vinculacion entre los intervinientes.
8. Si el emisor u obligado principal no tiene valores listados en la Bolsa ,el corredor
debera enviar a la Bolsa la información fianciera referida a dicho emisor u obligado
principal asi como una ficha de información.
9. La Bolsa difunde al mercado la información recibida.
10. La Bolsa verifica el cumplimeinto de todos los requisitos y asigna el codigo de
negociación electronica del instrumento

11. El corredor comprador informa al cliente comprador si tiene o no vinculacion con
los intervinientes y recaba una declaracion por el cliente de haber sido debidamente
informado de los riesgos provenientes de este tipo de operación.
12. El corredor ingresa la oferta de venta de la factura en el sistema electronico
indicando el monto nominal ,la taza de descuento o precio ,el plazo y la liquidación
PH ,PM o CN
13. En caso que esta factura sea adquirida por el propio corredor se debera indicar que
la operación es una operación Directa (OD) esta operación se mantendra durante 1
minuto vigente en el sistema de negociación para una posible intervención
,trancurrido el minuto sin que se realize intervención alguna la operación quedara
cerrada y aparecera en pizarra.
14. En caso de tratarse de un corredor comprador distinto este podra calzar la operación
haciendo alusión al folio o ingresando una contraoferta compradora de iguales
terminos y condicion.
15. Todas las operaciones realizadas seran difundidas por la bolsa atravez de su pagina
web y otros medios de información que esta disponga.
16. Realizada la operación el corredor vendedor le hara entrega de los valores
negociados al corredor comprador quien a su vez le entregara el vale vista
correspondiente.
17. De ser el caso el corredor comprador entregara las garantias al Dpto. de custodia de
la Bolsa la cuales serviran para respaldar el instrumento negociado .Estas garantias
seran restituidas una vez vencidos los instrumentos negociados.
18. La Bolsa dentro de su facturación mensual cobrara tanto al corredor comprador
como al corredor vendedor los importes por las operaciones realizadas.
19. El inversionista a través de su corredor de bolsa puede adquirir estos instrumentos,
en el caso de hacerlo, le seran cedidos los derechos sobre el instrumento los cuales
deben ser informados a la empresa deudora para que de esta forma esta proceda en
la fecha de vencimiento a pagar al nuevo poseedor el monto del instrumento.
20. Para ceder la factura el cedente deberá estampar su firma en el anverso de la copia
cesible, a que se refiere mas adelante en los requerimientos de la factura, agregar el
nombre completo, rol único tributario y domicilio del cesionario y proceder a su
entrega. Esta cesión deberá ser puesta en conocimiento del obligado al pago de la
factura, por un notario público o por el oficial de Registro Civil en las comunas
donde no tenga su asiento un notario, personalmente, con exhibición de copia del
respectivo título, o mediante el envío de carta certificada, por cuenta del cesionario
de la factura, adjuntando copias autorizadas del mismo por el ministro de fe. En
este último caso, la cesión producirá efectos respecto del deudor, a contar del sexto
día siguiente a la fecha del envío de la carta certificada dirigida al domicilio del
deudor registrado en la factura.

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